El 10 de abril se publico en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para lavigilancia y monitoreo de los anuncios clasificados, cuyo contenido propicie o promueva alguno de los delitos en materia de trata de personas. Por dicho lineamiento, cualquier medio de comunicación (electrónico, impreso y cibernético) que publique anuncios clasificados podrá ser objeto de vigilancia y monitoreo por parte de la Secretaría de Gobernación.
Para lo cual, la Secretaría de Gobernacióna través de las Direcciones Generales de Radio, Televisión y Cinematografía; de Medios Impresos, y de Normatividad de Comunicación, realizará de oficio o a petición de parte un monitoreo diario y aleatorio de los anuncios clasificados de los principales medios, y para el caso de encontrar alguno, cuyo contenido promueva o propicie la comisión de algunos de los delitos tipificados como trata de persona emitirá un reporte para dar aviso a la Fiscalía, quien dentro de ámbito de competencia, realizará un monitoreo más profundo a efecto de tomar las medidas a que haya lugar.
Además del monitoreo diario, la autoridad responsable deberá:
- Realizar un informe bimestral para desarrollar acciones para prevenir, sancionar y erradicar delitos en materia de trata de personas.
- Efectuar reuniones con representantes de medios de comunicación, a fin de concientizarlos sobre la trascendencia y relevancia de actuar en contra de la trata de personas, en el marco del Programa Nacional;
- Promover la participación de los medios de comunicación en campañas de información para prevenir los delitos en materia de trata de personas;
- Impulsar la creación de códigos éticos y de autorregulación en los medios de comunicación, para evitar que se promuevan conductas vinculadas a los delitos tipificados en la Ley;
- Fungir como interlocutor con los medios de comunicación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los presentes Lineamientos;
- Dar a conocer los resultados de los procesos de monitoreo y vigilancia al Consejo Nacional de Radio y Televisión;
- Integrar una base de datos que contenga los reportes emitidos por las Direcciones Generales, como resultado de los procesos de monitoreo y vigilancia de los anuncios clasificados que le sean informados.
- Promover una constante comunicación con la Fiscalía, a efecto de coadyuvar en la investigación que ésta realice, y conocer el resultado de las investigaciones conforme a derecho.
- Promover la generación de mejores prácticas por parte de los medios de comunicación, en el servicio de anuncios clasificados, a fin de propiciar la prevención de los delitos tipificados en la Ley.
La información que se obtenga con motivo de los procesos de monitoreo y vigilancia, así como la que se obtenga por parte de la Fiscalía como consecuencia de investigaciones, registros, reportes e informes, deberá ser tratada como confidencial y reservada en los términos de lo dispuesto por la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Los Lineamientos entrarón en vigor al día 11 de abril del 2014.
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